DISPOSICIONES FINALES

 Art. 35.- Este Reglamento fue aprobado en la Convención Extraordinaria de fecha 31-03- 2017, realizada en la ciudad de SAN FELIPE, ESTADO YARACUY. 

35.a.- A este Reglamento se le podrán hacer reformas parciales en sus artículos previa aprobación en Convenciones Nacionales votada por el 75% de las Asociaciones. Así mismo, la Federación hará los anexos específicos y los enviará a las mismas. 

35 .b.- Este Reglamento Oficial de Juego, entrará en vigencia a partir del 01-04-2017. 

35. c.- Queda derogado en todas sus partes el reglamento anterior y cualquier disposición que contraríe la presente reglamentación. 

35.d.- Este Reglamento podrá ser revisado o modificado para su reforma en Convención Nacional que cumpla con lo estipulado en el artículo 35. Numeral c. 

35.e.- Los montos aquí expresados son en Unidades Tributarias venezolanas (UT) y deben ser convertidos en Bolívares Fuertes. 

LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA REVISIÓN Y REDACCIÓN DEL REGLAMENTO OFICIAL DE JUEGO DE BOLAS CRIOLLAS, INTEGRADA POR LAS SIGUIENTES PERSONALIDADES: POR LA FEDERACIÓN: 

Sr. EDGAR BARRIOS (PRESIDENTE) 

Sr. EUTIMIO BRITO (VICEPRESIDENTE) 

Sra. LESBIA MARCANO (SECRETARIA GENERAL)  

Sr. NELSON CARRIÓN (VOCAL) POR LAS ASOCIACIONES: 

Sr. ASCARIO RODRÍGUEZ (PORTUGUESA) 

Sr. RAMÓN GIL (APURE) 

Sr. FELIPE COVA (ARAGUA) 

Sra. DINORA DE CONDE (CARABOBO) 

Dr. ALEXANDER LAMAS POLANCO (MIRANDA) 

Sr. FERNÁNDO BERROTERAN (MIRANDA) POR LA COMISIÓN NACIONAL DE DEPORTISTAS: 

Dr. JOSÉ CARVAJAL (VICEPRESIDENTE) POR LA COMISIÓN NACIONAL DE ENTRENADORES: 

Sr. PEDRO FELIPE GUZMÁN (DIRECTOR TÉCNICO NACIONAL) POR LA COMISIÓN NACIONAL DE ÁRBITROS, ANOTADORES Y RECOPILADORES: 

Sr. LUIS BELLO (PRESIDENTE) Sr. ADOLFO PACHECO (VICEPRESIDENTE).

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