Art. 27.- Los anotadores oficiales de un juego de Bolas Criollas o de Bochas, son las personas nombradas por la entidad que dirige los juegos, quienes deben estar debidamente afiliados a la Comisión Nacional de Árbitros, Anotadores y Recopiladores, cuya finalidad es anotar y recabar la actuación individual de los DEPORTISTAS y los datos de los equipos en cada juego, nombre del delegado de juego y de los equipos, nombre de los árbitros, fecha y hora del juego, cancha campeonato, sexo, minutos técnicos solicitados, visitas al mingo, cuando se cumpla la primera mitad del tiempo pautado para el juego, DEPORTISTAS sancionados, juegos nulos, juegos suspendidos, juegos empatados juegos ganados normalmente, confiscados, protestas, recabar las firmas de los técnicos, árbitros y delegado de juego, así como también la totalización de la planilla de juego. En caso de que un DEPORTISTA juegue más bolas de las que le corresponde, deberá informar de inmediato a los árbitros, para anular la bola que jugó de más.
27.a.- Los Anotadores para la realización del juego deberán tener el siguiente material de trabajo; Planilla Oficial de Anotación, Planilla de Totalización y Tres (3) lápices de colores (uno rojo, uno azul y uno negro), cronómetro, acta de juego y de protesta.
27.b.- Los Anotadores podrán actuar dentro de la cancha de juego; Cuando hagan las veces de árbitro de calce o cuando la entidad que dirige los juegos, les autorice. ÚNICO; Para comprobar si la planilla de anotación esta totalizada correctamente, se suma el total de los lances de un DEPORTISTA en el juego, luego se coteja sumando los lances buenos y malos por especialidad (Arrimes, Boches Aéreos y Boches Rastreros) y debe dar como resultado un número igual al total de lances realizado por el DEPORTISTA.
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