Art. 21.- Serán bolas nulas todas aquellas que violen las reglas establecidas a continuación:
21.a.- Las Bolas serán nulas cuando se presenten las siguientes causas:
21.a.1.- Cuando un DEPORTISTA lance una bola sin haberse parado la jugada anteriormente.
21.a.2.- Cuando un DEPORTISTA juega una bola sin que el árbitro haya sentenciado la bola jugada anteriormente y/o juegue habiendo sentenciado favorable a su equipo.
21.a.3.- Cuando un DEPORTISTA tarde más de un minuto para efectuar jugada.
21.a.4.- No se permitirá jugar bolas mojadas o embadurnadas con sustancias líquidas o grasosas en forma intencional, salvo el caso que esté lloviendo o haya llovido.
21.a.5.- Un DEPORTISTA no podrá ir al terreno de mingo sin que antes no se haya efectuado el saque de ambos equipos. El técnico como DEPORTISTA activo es el único que puede hacerlo, es decir, que puede ver el tiro y después lanzar la bola, pero sin pasarla en su trayectoria (en arrime).
21.a.6.- Un DEPORTISTA podrá examinar el terreno de mingo una sola vez en cada tiro cuando lo llame su técnico en voz alta o señal visible, de ir al tiro por segunda vez se le anulará la bola por jugar.
21.a.7.- Cuando un DEPORTISTA lanza la bola con el pie sobre el calce, fuera del mismo o dando paso adelante.
21.a.8.- El DEPORTISTA al lanzar la bola puede seguir su trayectoria sin pasarla (en arrime), o debe cuidar no ser pasada por la bola por lo accidentado del terreno.
21.a.9.- Cuando un DEPORTISTA lanza una bola del equipo contrario, se recogerá ésta anulando una bola de su equipo.
21.a.10.- El DEPORTISTA que estando en posición de juego, accidental o intencionalmente, toque el suelo o deje caer la bola.
21.a.11.- Cuando un DEPORTISTA lanza más bolas de las que le corresponden jugar, se le anula la que jugó de más y se le anota como no jugada en la casilla del DEPORTISTA afectado. Se tomara como bola nula, la última bola por jugar.
21.a.12.- Cuando un DEPORTISTA o técnico lleva una bola al terreno de mingo.
21.a.13.- La bola que pase la cuerda de demarcación o caiga en la zanja, o pegue de la valla, regrese y detenga la bola o el mingo que posiblemente vaya a salir de la cancha, será a criterio del árbitro determinar si el mingo o la bola es nula.
21.a.14.- El o los árbitros deberán estar atentos de la vía de rotación de las bolas o el mingo, para determinar si salen o no del ÁREA DE JUEGO; para fijar la posición de la (s) bola (s) o el mingo en dicha ÁREA (Ver Art. 20.a.).
21.a.15.- Si un DEPORTISTA con el pie dentro del calce, hace los movimientos necesarios para ejecutar jugada o dando un paso hacia el mingo sacando el pie del calce (PASO ADELANTE).
21.a.16.- Ningún DEPORTISTA o técnico, podrá entregarle a un compañero una bola delante del calce.
21.a.17.- Otras que las entidades que dirigen los juegos, siempre que lo considere necesario a través de las condiciones del Campeonato.
21.a.18.- DEPORTISTA que vaya al terreno de mingo está obligado a realizar jugada inmediatamente, de no hacerlo dichas bola es nula, si ya realizó sus dos jugadas, será amonestado con la tarjeta del color que le corresponda.
21.a.19.- En el caso de cambio de DEPORTISTA, entre jugada y jugada, el ingresado deberá inmediatamente realizar el lance y se considerará el turno completo incluso para el deportista saliente.
21.a.20.- Cuando el DEPORTISTA en posición de arrime realice más de un movimiento con el brazo de lanzar.
21.a.21.- En canchas techadas cuando las bolas que peguen o golpeen del techo o de alguna rama de algún árbol que esté dentro de la zona de juego.
21.a.22.- En canchas cuando las bolas que peguen o golpeen del tendido eléctrico o cables con bombillos que sirvan para la iluminación de la zona de juego.
21.b.- El Mingo será decretado nulo cuando se presenten las siguientes causas:
21.b.1.- En canchas techadas cuando el Mingo pegue o golpee del techo o de alguna rama de algún árbol que esté dentro de la zona de juego.
21.b.2.- En canchas cuando el Mingo peguen o golpee del tendido eléctrico o cables con bombillos que sirvan para la iluminación de la zona de juego.
21.b.3.- Cuando el Mingo este mojado o embadurnado con sustancias líquidas o grasosas en forma intencional; salvo el caso que esté lloviendo o haya llovido.
21.b.4.- Cuando el DEPORTISTA en el lance del Mingo realice más de un movimiento con el brazo de lanzar.
21.b.5.- Cuando un DEPORTISTA lanza el Mingo con el pie sobre el calce, fuera del mismo o dando el llamado paso adelante o paso adelantado.
ÚNICO: LOS ARBITROS TIENEN EL DEBER DE ORIENTAR POR UNA SOLA VEZ Y EN CADA ESPECIALIDAD, A LOS DEPORTISTAS SOBRE LA INVALIDEZ DE LA JUGADA ANTES DE APLICARLES EL REGLAMENTO (R.O.J.) EN LAS CATEGORIAS MENORES, LAS DEMÁS DEBEN CUMPLIR CON EXACTITUD LAS NORMAS REFERIDAS EN EL PRESENTE REGLAMENTO OFICIAL DE JUEGO.
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